REQUISITOS PARA REALIZAR TUS TRÁMITES

  • 1- Minuta debidamente firmada por todas las partes y autorizada por abogado colegiado.

    2- Copia de los documentos de identidad de los contratantes.
    ● En el caso de ser peruano, el DNI debe contar con el sello de la última votación, con el de dispensa o con el pago de multa. Asimismo no debe contar con multas por sanciones por incumplimiento de medidas de aislamiento- Covid-19.
    ● En el caso de extranjeros, debe contar con el pago de la tasa anual de extranjería y/o con el permiso para firmar contratos en Perú.
    ● En el caso que intervenga una persona jurídica o una persona natural en representación de otra, debe contar con la partida registral del la sociedad y/o vigencia de poder completa y actualizada.

    3- Copia literal completa y actualizada del inmueble.

    4- Autovaluos (HR, PU) y pago del impuesto predial de todo el año de la transferencia del inmueble del año de la compraventa.

    5- Pago o inafectación del impuesto de alcabala por parte del comprador.

    6- Pago o comunicación de exoneración del impuesto a renta, de ser el caso por parte del vendedor cuando se trate de una persona natural.

    7- En el caso que el precio de venta de la operación de compraventa supere las 3 UIT deberá acreditarse el medio de pago bancarizado para su formalización (cheque, deposito en cuenta, etc.)

  • 1- Minuta debidamente firmada por todas las partes y autorizada por abogado colegiado.

    2- Copia de los documentos de identidad de los contratantes.
    ● En el caso de ser peruano, el DNI debe contar con el sello de la última votación, con el de dispensa o con el pago de multa. Asimismo no debe contar con multas por sanciones por incumplimiento de medidas de aislamiento- Covid-19.
    ● En el caso de extranjeros, debe contar con el pago de la tasa anual de extranjería y/o con el permiso para firmar contratos en Perú.
    ● En el caso que intervenga una persona jurídica o una persona natural en representación de otra, debe contar con la partida registral del la sociedad y/o vigencia de poder completa y actualizada.

    3- Copia literal completa y actualizada del inmueble.

    4- En el caso de que el valor de la operación supere las 3 UIT deberá acreditarse el medio de pago bancarizado para su formalización (cheque, deposito en cuenta, etc.)

  • 1- Minuta debidamente firmada por todas las partes y autorizada por abogado colegiado.

    2- Copia de los documentos de identidad de los contratantes.
    ● En el caso de ser peruano, el DNI debe contar con el sello de la última votación, con el de dispensa o con el pago de multa. Asimismo no debe contar con multas por sanciones por incumplimiento de medidas de aislamiento- Covid-19.
    ● En el caso de extranjeros, debe contar con el pago de la tasa anual de extranjería y/o con el permiso para firmar contratos en Perú.

    3- Copia literal completa y actualizada del inmueble.

    4- Autovaluos (HR, PU) y pago del impuesto predial de todo el año de la transferencia del inmueble.

    5- Pago o inafectación del impuesto de alcabala.

    6- Partida de nacimiento actualizada del anticipado

  • 1- Minuta debidamente firmada por todas las partes y autorizada por abogado colegiado.

    2- Copia de los documentos de identidad de los contratantes.
    ● En el caso de ser peruano, el DNI debe contar con el sello de la última votación, con el de dispensa o con el pago de multa. Asimismo no debe contar con multas por sanciones por incumplimiento de medidas de aislamiento- Covid-19.
    ● En el caso de extranjeros, debe contar con el pago de la tasa anual de extranjería y/o con el permiso para firmar contratos en Perú.
    ● En el caso que intervenga una persona jurídica o una persona natural en representación de otra, debe contar con la partida registral del la sociedad y/o vigencia de poder completa y actualizada.

    3- Copia literal completa y actualizada del inmueble.

    4- Autovaluos (HR, PU) y pago del impuesto predial de todo el año de la transferencia del inmueble del año de la donación.

    5- Pago o inafectación del impuesto de alcabala por parte del donatario.

  • 1- Minuta firmada por las partes y autorizada por abogado.

    2- Copia de los documentos de identidad de los otorgante.
    ● En el caso de ser peruano, el DNI debe contar con el sello de la última votación, con el de dispensa o con el pago de multa. Asimismo no debe contar con multas por sanciones por incumplimiento de medidas de aislamiento- Covid-19.
    ● En el caso de extranjeros, debe contar con el pago de la tasa anual de extranjería y/o con el permiso para firmar contratos en Perú.

    3- Reserva de nombre de la denominación de la empresa y/o sociedad, en Registros Públicos (SUNARP)

    4- Depósito del capital de la empresa y/o sociedad en una entidad financiera (en caso el capital sea mediante aporte en efectivo) y/o declaración jurada de recepción de bienes, con la descripción de los bienes y su valorización, (en caso el capital sea mediante aporte en bienes no dinerarios).

  • 1- Minuta firmada por representante de la persona jurídica y autorizada por abogado.

    2- Copia del documento de identidad del otorgante.
    ● En el caso de ser peruano, el DNI debe contar con el sello de la última votación, con el de dispensa o con el pago de multa. Asimismo no debe contar con multas por sanciones por incumplimiento de medidas de aislamiento- Covid-19.
    ● En el caso de extranjeros, debe contar con el pago de la tasa anual de extranjería y/o con el permiso para firmar contratos en Perú.

    3- Acta del órgano competente de la persona jurídica donde conste el acuerdo de aumento de capital, redactada con las formalidades de ley que correspondan, adherida al libro de actas legalizado.

    4- Acreditación del monto materia del aumento:
    ● Depósito bancario, si el aumento fuera mediante aporte en efectivo.
    ● Declaración jurada de recepción de bienes, con la descripción de los bienes y su valorización, si el aumento fuera mediante aporte en bienes no dinerarios.
    ● Asiento contable suscrito y sellado por contador, si el aumento fuera por capitalización.

    5- Copia literal de la empresa y/o sociedad actualizada.

    6- Ficha ruc de la empresa y/o sociedad.

  • 1- Minuta firmada por representante de la persona jurídica y autorizada por abogado.

    2- Copia del documento de identidad del otorgante.
    ● En el caso de ser peruano, el DNI debe contar con el sello de la última votación, con el de dispensa o con el pago de multa. Asimismo no debe contar con multas por sanciones por incumplimiento de medidas de aislamiento- Covid-19.
    ● En el caso de extranjeros, debe contar con el pago de la tasa anual de extranjería y/o con el permiso para firmar contratos en Perú.

    3- Acta del órgano competente de la persona jurídica donde conste el acuerdo de la modificación de estatutos, redactada con las formalidades de ley que correspondan, adherida al libro de actas legalizado.

    4- Copia literal de la empresa y/o sociedad actualizada.

    5- Ficha ruc de la empresa y/o sociedad.

  • 1- Tarjeta de propiedad vehícular.

    2- Adjuntar fotocopia de los documentos de identidad de los contratantes.
    ● En el caso de ser peruano, el DNI debe contar con el sello de la última votación, con el de dispensa o con el pago de multa. Asimismo no debe contar con multas por sanciones por incumplimiento de medidas de aislamiento- Covid-19.
    ● En el caso de extranjeros, debe contar con el pago de la tasa anual de extranjería y/o con el permiso para firmar contratos en Perú.
    ● En el caso que intervenga una persona jurídica o una persona natural en representación de otra, debe contar con la partida registral del la sociedad y/o vigencia de poder completa y actualizada.

    3- Pago de impuesto vehicular 2020 cancelado (de estar afecto)

    4- Presentar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente.

    5- Medio de pago bancario por el precio de venta del vehículo. (cheque de gerencia, voucher de depósito)

  • 1- Partida Errada.

    2- Partida de sustento.

    3- Copia de los documentos de identidad del solicitante. El DNI debe contar con el sello de la última votación, con el de dispensa o con el pago de multa. Asimismo no debe contar con multas por sanciones por incumplimiento de medidas de aislamiento- Covid-19.

  • 1- Partida de defunción del causante, actualizado.

    2- Partida de matrimonio del causante (si estaba casado)

    3- Partida de nacimiento de los herederos, actualizada

    4- certificado negativo de testamento y sucesión intestada. (SUNARP)

    5- certificado negativo de unión de hecho (SUNARP) (si el causante era soltero)

    6- certificado negativo de matrimonio de la RENIEC (si el causante era soltero)

    7- Copia de los documentos de identidad del solicitante. El DNI debe contar con el sello de la última votación, con el de dispensa o con el pago de multa. Asimismo no debe contar con multas por sanciones por incumplimiento de medidas de aislamiento- Covid-19.

    Nota.
    ● Todas estas partidas deben tener no mas de 3 meses de vigencia y en caso de ser expedidas en provincias, estar visadas por RENIEC.
    ● Con vista de las partidas presentadas, se evaluará si es necesario pedir otras, o tramitar un procedimiento previo de rectificación de partidas y/o determinar la competencia de la notaría.
    ● En base al estado civil y/o datos que nos brinden del fallecido se pedirán las partidas correspondientes en cada caso concreto

  • 1- Minuta debidamente autorizada por abogado, a minuta deberá contener la declaración expresa de no tener deudas pendientes de pago.

    2- Copia del documento de identidad de los otorgantes. Los DNI deben contar con el sello de la última votación, con el de dispensa o con el pago de multa. Asimismo no debe contar con multas por sanciones por incumplimiento de medidas de aislamiento- Covid-19

    3- Partidas de nacimiento, matrimonio u otros, que acrediten el vínculo con los beneficiarios.

    4- Certificado negativo de gravamen del predio que se pretende afectar

  • Se debe presentar la solicitud de separación convencional con firma y huella digital de ambos cónyuges, autorizada por abogado y anexar a esta:

    1- Copia de los documentos de identidad del solicitante. El DNI debe contar con el sello de la última votación, con el de dispensa o con el pago de multa. Asimismo no debe contar con multas por sanciones por incumplimiento de medidas de aislamiento- Covid-19.

    2- Copia certificada del acta o partida de matrimonio de los solicitantes expedida con no más de 3 meses de antigüedad respecto de la fecha de presentación de la solicitud.

    3- Declaración jurada, con firma y huella digital de los solicitantes de no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad. En caso de que los contrayentes tengan hijos adjuntarán lo siguiente:

    ● Copia certificada del acta de nacimiento del hijo menor de edad o incapaz expedida con no más de tres meses respecto de la fecha de presentación de la solicitud.
    ● Copia certificada de la sentencia judicial firme o acta de conciliación que establezca los regímenes de patria potestad, tenencia, alimentos y visitas, o de curatela, alimentos y vistas en caso de tener hijo menor de edad o mayor de edad con discapacidad.

    4- Declaración jurada con firma y huella de los solicitantes de carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales.
    ● O de ser el caso, testimonio de la escritura pública de separación de patrimonios o de sustitución o liquidación de régimen patrimonial inscrita en los Registros Públicos.

    5- Declaración jurada del último domicilio conyugal, suscrita por ambos y con la huella digital de ambos solicitantes.

  • 1- Solicitud debidamente firmada por las partes y autorizada por abogado colegiado.

    2- Copia de los documentos de identidad del solicitante. El DNI debe contar con el sello de la última votación, con el de dispensa o con el pago de multa. Asimismo no debe contar con multas por sanciones por incumplimiento de medidas de aislamiento- Covid-19

    3- Certificado domiciliario de ambos solicitantes.

    4- Certificado negativo de inscripción de Unión de Hecho a nombre de cada solicitante. (SUNARP)

    5- Declaración jurada con firmas legalizadas que determina la Ley respecto a los solicitantes:
    a) Que conviven por más de dos años de forma continua
    b) Que se encuentran libres de impedimento matrimonial y
    c) Que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso.

    6- Declaración jurada con firmas legalizadas de dos testigos indicando que los solicitantes conviven dos años continuos o más.

    7- Otros documentos que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos años continuos.

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